Reglamento de Normas de Convivencia
Reglas destinadas a preservar la paz residencial, salubridad, respeto entre vecinos y cuidado del entorno ribereño.
📝 Resumen de la Mesa sobre Convivencia
Anotaciones generales sobre horarios de descanso, alquiler temporal (Airbnb), mascotas o uso de piscinas.
Sección 1 — Objetivo
El presente reglamento tiene por objeto asegurar un estilo de vida apacible, seguro, higiénico y ecológicamente responsable en el Condominio La Iluminada, garantizando el bienestar de todas las familias residentes y la preservación del valor patrimonial del conjunto.
Sección 2 — Principios Fundamentales
Toda persona residente, inquilino, visitante o prestador de servicios deberá ajustar su conducta a los siguientes preceptos:
- Respeto al descanso ajeno: La tranquilidad de los vecinos prevalece sobre intereses lúdicos o celebraciones ruidosas particulares.
- Preservación de la naturaleza: Compromiso activo con la no contaminación de suelos, cursos de agua y aire.
- Seguridad colectiva: Colaboración activa con los sistemas de control de acceso e identificación vehicular.
- Uso exclusivo residencial: Se prohíbe el uso de los lotes para actividades comerciales abiertas al público masivo o industriales contaminantes.
Sección 3 — Limpieza, Residuos y Salubridad
Queda terminantemente prohibido arrojar o depositar ramas, escombros o residuos domésticos en calles internas, veredas, senderos, plazas, cursos de agua o lotes vecinos baldíos.
Los residuos deberán disponerse exclusivamente en recipientes herméticos y clasificados conforme al Sistema Ambiental (Reciclables secos vs. Orgánicos). La administración fijará los días y horarios exactos de recolección interna.
Sección 4 — Protección Ambiental y Arbolado
Los residentes deberán evitar cualquier acción que degrade el ecosistema ribereño. Queda expresamente prohibida la tala, poda mutilante o remoción de árboles nativos sin autorización previa de la Comisión Administradora y el dictamen técnico ambiental correspondiente.
Se prohíbe el lavado de vehículos o maquinaria en la vía pública o sobre áreas absorbentes comunes utilizando productos químicos agresivos.
Sección 5 — Ruidos Molestos y Horarios de Descanso
Se evitarán ruidos que perturben la tranquilidad habitual del vecindario. Se establecen los siguientes horarios de descanso riguroso:
- Lunes a Viernes: Descanso obligatorio de 22:00 a 07:00 hs del día siguiente.
- Sábados, Domingos y Feriados: Descanso obligatorio de 23:00 a 09:00 hs y siesta de 13:30 a 15:30 hs.
- Obras y reparaciones ruidosas: Autorizadas únicamente de Lunes a Viernes de 07:30 a 17:30 hs, y Sábados de 08:00 a 12:30 hs. Prohibido domingos y feriados.
Sección 6 — Tenencia Responsable de Mascotas
Los propietarios son civilmente responsables por los animales domésticos que alberguen en su predio:
- Las mascotas solo podrán circular por calles y senderos comunes provistas de collar, correa y conducidas por una persona responsable.
- Es obligación ineludible del tenedor recoger de forma inmediata las deposiciones fecales de su mascota.
- Se prohíbe la permanencia de animales sueltos en la vía pública y el ingreso de mascotas a la zona de piscinas y solárium.
- Raza de manejo especial o potencial peligroso requerirán bozal reglamentario y registro explícito en portería.
Sección 7 — Uso de Espacios Comunes, Club House y Piscinas
Los espacios comunes (Club House, mirador ribereño, piscinas y plazas) pertenecen a la comunidad y deberán utilizarse preservando el mobiliario y la vegetación:
- Club House: Podrá reservarse para eventos privados familiares mediante solicitud previa a la administración, pago del canon de limpieza y depósito de garantía.
- Piscinas: Exclusivas para residentes e invitados registrados. Horario de funcionamiento de 08:00 a 22:00 hs. Obligatorio ducharse antes de ingresar y respetar las normas higiénicas.
- Mirador Ribereño: Espacio de contemplación y esparcimiento pasivo. Se prohíbe encender fogatas no autorizadas o dejar residuos plásticos.
Sección 8 — Tránsito Interno y Seguridad
La velocidad máxima será la que establezcan la señalización, el diseño vial aprobado y el reglamento de seguridad. Como criterio provisional de diseño se propone 30 km/h, sujeto a revisión técnica. Los peatones y ciclistas tendrán prioridad en los cruces y sendas señalizados.
Se prohíbe terminantemente conducir vehículos a menores de edad o a personas sin licencia habilitante, así como la circulación de cuatriciclos o motocross con escape libre.
Sección 9 — Régimen de Infracciones y Sanciones
Todo posible incumplimiento será tratado conforme al Reglamento de Infracciones, Sanciones, Descargos y Recursos. La medida aplicable dependerá de la gravedad, evidencia, daño, reincidencia y base legal o contractual vigente.
Las situaciones que impliquen riesgo actual, daño ambiental o posible hecho punible podrán generar medidas preventivas y comunicación a la autoridad competente, sin sustituir la investigación ni el derecho de defensa.